Nuevo proyecto de normativa en Sevilla

Hoy asistimos atónitos al esperpento de proyecto de nueva normativa para el uso de VMP en la ciudad de Sevilla.  La información que tenemos hasta ahora es reducida y poco clara pero básicamente viene a decir que:

Pueden circular por carril bici limitados a 15 km/h, 10 km/h si el carril bici es compartido con peatones. Desde AMPES ya propusimos limitar la velocidad de circulación en el carril bici para todos los vehículos a 25 km/h, que se considera la velocidad media de crucero que pueden alcanzar las bicicletas. En cualquier caso nos reafirmamos en que es preferible limitar velocidades a limitar potencias.

Pueden circular por calzada zona 30 y zona 20 hasta un máximo de 25 km/h. Desde el principio propusimos que se permitiera circular por las calzadas, La zona 30 actualmente comprende el espacio entre Paseo de las Delicias, Paseo Colón, Adriano, Pastor y Landero, Reyes Católicos, Julio César, Marqués de Paradas, San Laureano, Torneo, Resolana, Parlamento Andaluz, Muñoz León, Ronda de Capuchinos, María Auxiliadora, Recaredo, Menéndez y Pelayo, Avenida del Cid, Palos de la Frontera y avenida de Roma. Nosotros abogamos por que se permita circular por cualquier calzada de un solo carril, respetando el límite de velocidad que marque la vía, abriendo la circulación mucho más allá de una limitada zona centro y ampliando el alcance de estos vehículos.

Uso unipersonal. Cerrar el uso del VMP a más de una persona es una actuación lógica, de cualquier forma habría que dejar abierta la posibilidad de que aparezcan dispositivos homologados que permitan el transporte de niños o bebés, al igual que en las bicicletas.

Edad mínima 15. Limitamos la edad para que una persona con 15 años pueda circular en VMP a 10 km/h pero ese mismo menor puede circular con bicicleta eléctrica a velocidades muy superiores por la calzada. Se menciona además que los menores de 15 años deberán ir acompañados por un adulto y con casco, pudiendo circular sólo por el carril bici.

Los propietarios de segway, que sólo podrán circular si tienen autorización del Consorcio de Turismo previo informe del Área de Movilidad, tendrán dos años para adaptarse a las nuevas normas. Parece que el ayuntamiento de Sevilla ignora que Segway, es una marca no un tipo de vehículo, sería como prohibir la circulación a los Seat León.

Autorizaciones de circulación. Nada se dice de las autorizaciones para poder circular con VMP ¿Acaso desaparecen? Sería lógico que desaparecieran puesto que es el único ayuntamiento de España que los exige.

Limitan cualquier modelo de patinete a 250W. Nosotros propusimos hacer una clara diferenciación de los VMP en dos categorías en base a su potencia. ¿Acaso no puedo circular con un Ferrari por la zona 30? Lo importante en todo caso sería la limitación de velocidad y no la potencia que pueda desarrollar.

Limitan cualquier modelo de monociclo a 500W. Esto en la pŕactica es limitar enromemente los monociclos en la ciudad, ya que por diseño sería muy complicado encontrar un modelo con esta potencia tan limitada, ya que necesitan potencia para autoequilibrarse.

Ponerle un sillín al patinete lo excluye de circular como VMP. No entienden que ponerle un sillín solo es una medida de confort y a veces una necesidad para ciertas personas con problemas de movilidad. Desde ahora pasan a considerarse motocicletas y deben circular por la calzada, lo que va a afectar a las personas con problemas de movilidad que los utilizan.

El ayuntamiento de Sevilla ha hecho oidos sordos a las aportaciones que hicimos a su consulta pública (que hoy sabemos que era una ficción) y que publicamos recientemente en esta misma página web. El área de movilidad NO se ha reunido con nosotros, precisamente los que más información podemos aportar sobre este tipos de vehículos, y ha preferido seguir trabajando en esta normativa restrictiva y con un único fin sancionador.

Los VMP llevan cerca de dos años conviviendo con ciclistas y peatones, en ausencia de una normativa la maquinaria de la movilidad se ha ido ajustando hasta una situación actual más o menos tolerable en la que a cambio de obtener un permiso de circulación, al menos los usuarios podían desplazarse por el carril bici. Ese proyecto de nueva normativa va en contra de todo lo que se ha legislado en el mundo entero, donde asociaciones ciclistas y de VMP van de la mano en un uso responsable y compartido de las vías públicas para mejorar la movilidad personal y reducir el tráfico y por tanto la contaminación en las ciudades (La contaminación causó 38.600 muertes en España en 2015, una subida del 23%).

Se regulan los VMP de una forma tan restrictiva y con un carácter tan sancionador que prácticamente se les pone al borde del precipicio, al contrario en en cualquier otra gran ciudad ¿Quien quiere usar un VMP cuando puede comprar una bicicleta eléctrica de gran potencia? Con una bicicleta eléctrica se puede circular por el carril bici sin limitación y por calzada es un vehículo más.

Desde AMPES vamos a trabajar para tratar de llevar la información y nuestras ideas a todos los partidos políticos de la ciudad para que antes de tomar una decisión tan importante al menos sepan diferenciar lo que es un Segway, o que ponerle un asiento a un VMP no lo convierte en motocicleta y que 10 Km/h es la velocidad promedio de una persona corriendo, el doble que andando.

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